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martes, 3 de enero de 2017

ACTIVIDAD CINEGÉTICA


La ACTIVIDAD CINEGÉTICA o caza deportiva consiste en la búsqueda, persecución o acecho, para dar muerte a través de medios permitidos a un ejemplar de fauna silvestre cuyo aprovechamiento haya sido autorizado, con el propósito de obtener una pieza o trofeo.
Sin embargo, para llevar a cabo esta actividad se han establecido las épocas hábiles de aprovechamiento extractivo sustentable para el desarrollo  de la actividad  cinegética  de especies de aves y mamíferos silvestres en áreas de distribución específica. 
Estas fechas, en México, son establecidas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) como referente para los técnicos responsables de la operación  de las Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre (de acuerdo con el artículo 94 de la Ley General de Vida Silvestre y 112 de su reglamento); de esta manera quedan asentadas las épocas en las que se podrá efectuar el aprovechamiento y quedarán establecidas de manera explicíta en las tasas de aprovechamiento.
A su vez, estas épocas se establecen de acuerdo a los ciclos biológicos, estudios y muestreos de poblaciones de las diferentes especies de interés, así como a las características de cada región. En México, la Semarnat es quien publica el calendario que muestran los estados de la República en donde se autoriza la captura, cantidades por estado, así como especies con nombres comunes y científicos.

 
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