Buscar en este sitio

miércoles, 22 de febrero de 2017

ORGANISMO DESCENTRALIZADO


Los ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS son, de acuerdo con el artículo 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, "las entidades creadas por ley o decreto del Congreso de la Unión o por decreto del Ejecutivo Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, cualquiera que sea la estructura legal que adopten", es decir, son independientes y autónomos de cualquier entidad pública. 

 
Design by ThemeShift | Bloggerized by Lasantha - Free Blogger Templates | Best Web Hosting